REQUISITOS: TRANSFERENCIA FONDO DE COMERCIO
- Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado del contrato de transferencia del fondo de comercio.
- En caso de que intervengan sociedades se deberá acompañar las actas de los órganos sociales que la aprobaron.
- Constancia del asentimiento del art. 1277 del Código Civil.
- Las publicaciones que prevé la Ley Nº 11.867.
- Certificados que acrediten que el enajenante no está inhibido para gravar o disponer de sus bienes, expedidos por el Registro de la Propiedad Inmueble y los Registros inmobiliarios del domicilio del enajenante.
- Comprobante de pago de la tasa de justicia. (*)
(*) Tasa de Justicia: conforme la resolución del 25 de octubre de 2012.- Art.7 inciso b) La inscripción de documentos, actos o contratos en los que se determine el valor o capital: el 1% no pudiendo ser la tasa resultante menor a $240,00.-
inciso c): La inscripción de documentos, actos o contratos en los que no se determine el valor o capital: $240,00.-Mas la tasa de actuación general $40,00