*** NOVEDAD REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO 01-03-2024***

REQUISITOS INSCRIPCION: Sociedades constituidas en el extranjero

Ejercicio de actividad habitual, agencias, sucursales o representaciones permanentes (art. 118 LSC)

  •  Contrato o acto constitutivo de la sociedad, estatutos y eventuales reformas.
  • Certificado que acredite la vigencia de la sociedad extendido por la autoridad competente en el cual consta que la sociedad se halla debidamente autorizada o inscripta según las leyes de su país de origen. 
  • Resolución del órgano social competente que dispuso crear el asiento, sucursal, o representación permanente en Argentina. 
  • Solicitud conteniendo:
    • La sede social en la República Argentina 
    • En caso que así haya sido resuelto por el órgano social competente o cuando correspondiera por leyes especiales, deberá constar asimismo la determinación del capital asignado indicando el monto del mismo. Deberá acreditarse la integración del 100% del capital asignado.
    • La designación del representante a cuyo cargo se encontrara la sucursal, asiento o representación permanente en el país, el cual debe ser una persona física.  
    • Indicar que supuesto del art. 118º de la Ley de Sociedades Comerciales pretende inscribir.
  • Presentación suscripta por el representante designado (en la cual su firma deberá constar certificada notarialmente) con indicación de (i) la aceptación de la designación y sus datos personales; (ii) fijación de la sede social en la República de la sociedad constituida en el extranjero, en caso que se encuentre facultado expresamente al efecto; y (iii) constitución de su domicilio especial. 
  • Estados contables aprobados por la sociedad y/o certificación contable, expedido por contador público con su firma legalizada por ante la autoridad competente. 
  • Comprobante de pago de la tasa de justicia.


   
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